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Sorprenden ministro de Trabajo en actividad política de Gonzalo Castillo durante horario laboral


Santo Domingo. – El ministro de Trabajo Winston de los Santos fue sorprendido hoy por un grupo de periodistas en una actividad proselitista a favor del precandidato por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Gonzalo Castillo, a las 10:00 de la mañana, es decir en horario laboral.

La actividad se trataba de una rueda de prensa en el hotel Barceló Santo Domingo, en la que los sindicalistas Jacobo Ramos y Gabriel del Río manifestaron su apoyo al precandidato Gonzalo Castillo, en el hotel Barceló Santo Domingo.

Cuando los periodistas le preguntaron al ministro que por qué estaba participando en horario de trabajo en esa actividad dijo lo siguiente: “Vine acompañar rápidamente a los amigos, no estoy en campaña, el ejercicio es un derecho y de eso es la democracia”.

Advertencia de Participación Ciudadana. Se recuerda que recientemente el movimiento cívico no partidista Participación Ciudadana (PC), pidió que tomen licencias o prescindan de sus cargos todos los ministros y funcionarios que quieran unirse a la precampaña electoral del aspirante presidencial Gonzalo castillo.

El movimiento denunció que con esas actividades se está perpetrando “una violación” a las diferentes leyes del Estado dominicano.

En ese sentido, PC señaló que la Ley 41-08 de Función Pública es muy clara en su artículo 80, numeral 13 al prohibir a los funcionarios públicos “servir intereses de partidos en el ejercicio de sus funciones, y, en consecuencia, organizar o dirigir demostraciones, pronunciar discursos partidistas, distribuir propaganda de carácter político o solicitar fondos para los mismos fines, así como utilizar con este objetivo los bienes y fondos de la institución”.

Además, agrega que “la Ley de Función Pública en su artículo 79 establece que es deber del servidor público cumplir la jornada de trabajo, dedicando la totalidad del tiempo al desempeño íntegro y honesto de sus funciones”.

“Así mismo, la Ley de Partidos Políticos prohíbe a los funcionarios o empleados del Estado el uso en cualquier forma y de cualquier título de recursos del Estado y faculta a la Junta Central Electoral a tomar medida cautelar respecto a cualquier bien o para hacer cesar de inmediato el uso indebido de los recursos del Estado, pudiendo procurarse para ello el auxilio de la fuerza pública”, sentenció.


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