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Piden al presidente Danilo Medina sancionar ministros que se integraron a la campaña de Gonzalo Castillo tras violar Ley 41-08 y la 33-18


Santo Domingo. – El presidente Danilo Medina está compelido a suspender por 90 días en sus funciones, sin disfrute de salarios, a los 15 ministros que se integraron a la campaña del precandidato presidencial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Gonzalo Castillo, por haber violado la Ley 41-08 de Función Pública y la 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

El artículo 80, numeral 9 de la Ley 41-08, indica que a los servidores públicos les está prohibido participar en actividades oficiales en las que se traten temas sobre los cuales tengan intereses particulares económicos, patrimoniales o de índole política que en algún modo planteen conflictos de intereses.

Mientras que el numeral 13 del citado artículo indica que a los funcionarios públicos les está prohibido “servir a intereses de partidos en el ejercicio de sus funciones, y en consecuencia, organizar o dirigir demostraciones, pronunciar discursos partidistas, distribuir propaganda de carácter político, o solicitar fondos para los mismos fines, así como utilizar con este objetivo los bienes y fondos de la institución.

En tanto, el artículo 83, numeral 9, precisa que “son faltas de segundo grado cuya comisión da lugar a la suspensión de funciones por hasta noventa (90) días, sin disfrute de sueldo, realizar actividades partidistas, así como solicitar o recibir dinero u otros bienes con fines políticos en los lugares de trabajo.
El artículo 85 de la ley en referencia señala “corresponde al titular del órgano o entidad a la cual pertenece el servidor público la facultad para imponer la suspensión hasta por noventa (90) días, cuando se hubiere cometido una falta de segundo grado”, como lo fue el caso de los 15 ministros que se integraron a la campaña de Gonzalo Castillo.

La participación de funcionarios públicos en actividades políticas no solo es prohibida por la Ley 41-08 sino también por la 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Dicha ley en su artículo 25, párrafo único, refiere que “se prohíbe igualmente a todo funcionario o empleado del Estado o de los municipios poner a disposición de cualquier partido, agrupación o movimiento político o de cualquier candidato el uso en cualquier forma y de cualquier título, de bienes o fondos provenientes de las entidades públicas.

La incursión de los citados 15 ministros en la campaña de Castillo fue rechazada por el movimiento cívico no partidista Participación Ciudadana, que asegura que es una violación a la normativa que rompe con la equidad entre los participantes en el proceso.

Recordó, por igual, que la Ley 41-08 de Función Pública es muy clara en su artículo 80, numeral 13 al prohibir a los funcionarios públicos “servir intereses de partidos en el ejercicio de sus funciones, y en consecuencia, organizar o dirigir demostraciones, pronunciar discursos partidistas, distribuir propaganda de carácter político o solicitar fondos para los mismos fines, así como utilizar con este objetivo los bienes y fondos de la institución”.

Entre los funcionarios que trabajan por la candidatura de Castillo están el administrador del Banco de Reservas, los directores del Banco Agrícola, de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), de Aduanas, el superintendente de Bancos, también el director de Presupuesto, el director de Senasa, del Indotel, el director de la Oisoe y el superintendente de Valores.

También el director de la EGEHID, la directora de Zonas Francas, el director de Recursos Hidráulicos, la directora del Plan de Asistencia Social de la Presidencia, el director del Instituto Nacional de Educación Física, el viceministro de Políticas Sociales, el director de Comunicaciones de la Presidencia, el director de Correos, el director de Titulación, el director de la CASD, la directora del Intrant, el viceministro de Edificaciones del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, entre otros.

Un apunte

Primarias del PLD

Las primarias del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) se celebrarán el 6 de octubre bajo la modalidad de padrón abierto, para escoger los candidatos a cargos electivos de las elecciones del 2020, con la participación como árbitro de la Junta Central Electoral (JCE).

 


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