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Diputado del PRM Jean Luis Rodríguez dice decidió presentar proyecto de ley de castración química de violadores sexuales por el caso de “el metálico” y del funcionario del Gobierno acusado de violación a menores


SANTO DOMINGO. – El diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Jean Luis Rodríguez, dijo que decidió presentar un proyecto de ley de castración química de violadores sexuales por el caso de “el metálico” Víctor Alexander Portorreal, acusado quitarle la vida a su mujer y los tres hijos de esta, además de violarlas, y del funcionario del Gobierno del presidente Danilo Medina, Donni Santana Cuevas, de quien se dice abusó sexualmente de su hijastra de 14 años.

Jean Luis Rodríguez señaló los casos antes mencionados como estremecedores en el país, destacando el del embajador Santana como “la gota que derramó la copa”, dicha acción lo llevó a crear un proyecto que disminuya esos actos en la sociedad dominicana.

El proyecto presentado en la Cámara de Diputados que incorpora el tratamiento hormonal (castración química) consiste en aplicar antiandrógenos para disminuir los valores séricos y la cantidad de testosteronas que se encuentran en la sangre, y lograr disminuir la agresión de estos sujetos.

Entrevistado por el periodista Salvador Holguín y Juan Tomás Taveras en el programa “Ojo Crítico” que se transmite diario por el canal Hilando Fino TV para toda la República Dominicana y el mundo, a través de los sistemas de cables y las redes sociales Facebook Live, Twitter Live, Instagram Live y Youtube, Rodríguez indicó que varios países del mundo ya han legislado a favor de esta pena y que la reincidencia en los aplicados se ha reducido a un 5%.

Según el legislador, el proyecto habla de la creación de un registro nacional de violadores, con un monitoreo en el cual se pueda recoger estadísticas de personas que hayan tenido alguna vinculación con agresión sexual, y así el Estado esté al corriente de quienes se enfrenta la sociedad.

Por último, planteó que la castración química será aplicada cuando el juez lo considere conveniente, previo estudio del informe de uno o más psiquiatra forense requerido, para los casos graves o reincidentes de violación y muerte de la víctima menor de edad, y de persona en estado de inconsciencia, en incapacidad o en la imposibilidad de resistencia.


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