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Corte de Ecuador emite sentencia para que menores de edad disfruten su vida sexual


ECUADOR. –Los jóvenes de 12 a 18 años, considerados adolescentes según el Código de la Niñez, tienen derecho a disfrutar de una “vida sexual satisfactoria y sin riesgos” y a decidir sobre su vida reproductiva “de forma libre, responsable e informada” como sujetos plenos de derechos en virtud del principio de autonomía, así lo sentenció la Corte Constitucional del Ecuador.

El pronunciamiento de la Corte Constitucional se produce tras analizar una acción de protección rechazada en primera instancia y presentada en el 2011 por Marcel Ramírez, entonces presidente de la Fundación Ciudadana Papá por Siempre, en contra de la campaña que buscaba prevenir el embarazo adolescente del Ministerio de Salud en ese entonces, que incluía proporcionar preservativos a los adolescentes.

Ramírez argumentó que la cartera omitió tener en cuenta el punto de vista de los progenitores antes de tal campaña y eso menoscababa su derecho constitucional a educar a sus hijos.

En una parte de la sentencia emitida el 13 de julio por el tribunal se señala que corresponde únicamente al adolescente “decidir sobre su vida y salud sexual y reproductiva, fundamentando sus decisiones en las herramientas otorgadas por la familia y el Estado”.

La Corte considera que los pasajes de este fallo se deben aplicar a todos los casos en los que se encuentren en conflicto los derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes con la obligación parental de educar a los hijos. Sin embargo, en algunos sectores políticos el rechazo ha sido notorio.

La decisión del alto tribunal fue rechazada también por Salim Zaidán, de la Plataforma Unión por Nuestros Hijos, que considera que parte de una visión demasiado intervencionista del Estado en la familia y va contra de la patria potestad de los padres sobre los hijos, que sirve para asegurar su cuidado hasta que sean mayores de edad y puedan ejercer a plenitud su capacidad de decisión.


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